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DB HONDURAS FINAL

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1DOING BUSINESS 2024

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2UBICACIÓN: Honduras se encuentra en Centroamérica, ubicada al norte con el Océano Atlántico, al oeste con Guatemala, al suroeste con El Salvador y el Océano Pacíco, y al este con Nicaragua. CAPITAL: Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Departamento de Francisco Morazán; cuenta con aproximadamente 1.6 millones de habitantes. HABITANTES EN TODO EL PAÍS: Aproximadamente 9.7 millones de habitantesIDIOMA OFICIAL: Español ÁREA:1112,492 km2 AEREOPUERTO PRINCIPAL:Aeropuerto Internacional de Palmerola (XPL), Comayagua, Honduras HONDURASDoing Business Honduras l Aspectos GeneralesTipo de cambio: 1 USD - 24.78HNLFuente: 09 de abril 2024, www.bch.hn

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3La República de Honduras tiene 3 poderes constituidos: 1. Ejecutivo: Presidente y Consejo de Ministros.2. Legislativo: Congreso Nacional de la República.3. Judicial: Corte Suprema de Justicia.El órgano encargado de emitir las leyes que rigen el país es el Congreso Nacional de la República. 2021: Las elecciones nacionales y democráticas fueron celebradas el 28 de noviembre de 2021. En estas elecciones se eligió a la nueva Presiden-te, Diputados al Congreso Nacional y Alcaldes Municipales. Derivado de las elecciones naciona-les descritas. Como resultado de las elecciones nacionales descritas, fue elegida:Presidente actual: Xiomara Castro de Zelaya(periodo 2022-2026).RÉGIMEN POLÍTICO:Partido Político: Libertad y Refundación (LIBRE)ECONOMÍA:2021 2022 Producto interno bruto (PIB) total de US$ 28.49 mil millones y per cápita fue de $2,771.72. Crecimiento apróx. de 4% Crecimiento apróx del 3.5%. 2023El país ha tenido un crecimiento estable del 3-4% en promedio durante los últimos 5 años. Honduras cuenta con una amplia legislación que atrae y fomenta las inversiones por medio de eciencias s-cales en Regímenes Especiales, como: • Régimen de Zonas Libres.• Régimen de Zonas Industriales de Procesamiento. Régimen de Importación Temporal.• Régimen de Zona Libre Turística. • Régimen de Zona Agrícola de Exportación.A su vez, ofrece una serie de incentivos scales en el rubro turístico así como en el rubro de tercerización de servicios (BPO). INCENTIVOS PARA LA INVERSIÓN EXTRANJERADoing Business Honduras l Régimen Político & Económico

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4ASPECTOSCORPORATIVOSLas leyes establecen varios tipos de sociedades, den-tro de estas tenemos la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada, como las más utilizadas. Los requisitos y formas de constitución, así como las demás disposiciones aplicables a las sociedades mercan-tiles se encuentran establecidos en el Código de Comer-cio. Habiendo cumplido con los requisitos de ley, para que una sociedad mercantil en Honduras se encuen-tre debidamente constituida debe de constar inscri-ta en el Registro Mercantil del domicilio de la sociedad. Adicionalmente, para efectos tributarios, toda sociedad mercantil en Honduras debe contar con un Registro Trib-utario Nacional (RTN o Tax ID) el cual es emitido por el Servicio de Administración de Rentas. La sociedad tendrá su propia personalidad jurídica, distinta a los socios que la constituyeron. ¿CÓMO CONSTRUIR UNA SOCIEDAD?PASOS PARA CONSTRUIR UNA SOCIEDADLa sociedad se constituye con el otorgamiento y suscripción de una escritura pública autorizada por un Notario habilitado para ejercer en Honduras.La sociedad, después de su constitución ante no-tario, debe inscribirse en el Registro Mercantil corre-spondiente, dependiendo del domicilio que tenga la sociedad, y ante el Ser-vicio de Administración de Rentas (SAR) para la obtención de su Registro Tributario Nacional para efectos tributarios. En la escritura constitutiva deben comparecer, por lo menos 1 persona natural o jurídica para el caso que la nalidad social no sea una actividad regulada por el Estado, o, 2 personas naturales y/o jurídicas en caso que su nalidad sea una actividad regulada por el Es-tado, a quienes se les denominará accionistas o socios dependiendo del tipo de sociedad que se constituya. 1234El tiempo aproximado para constituir una sociedad es de 2-5 días hábiles a partir de haber recibido la infor-mación y documentación legal correspondiente, y podrá variar dependiendode su domicilio.Doing Business Honduras l Aspectos Corporativos

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5Características y requisitos de una sociedad anónimaElementos de la Sociedad de Responsabilidad LimitadaNaturaleza Capitalista. No está limitada a un máximo de accionistas. Puede ser constituida por 1 o 2 personas, las cuales podrán ser personas naturales o jurídi-cas, hondureños o extranjeros. El capital mínimo requerido para constituir una “Sociedad Anónima” es de L. 25,000.00 (aproxi-madamente US$ 1,000.00). El capital puede ser variable, con un capital mínimo que no podrá ser inferior al requerido por la ley, y un máximo que no está limitado por la ley. El capital social está dividido en acciones, que deben tener un valor nominal de L10.00 o de sus múltiplos. Libre transmisión de acciones, sea mediante:• El simple endoso del título de acción o • Contando con la autorización del Consejo de Administración, dependiendo de lo que se establezca en la escritura de constitución. La administración de una “Sociedad Anónima” puede ser llevada a cabo a través de: • Un Consejo de Administración; o, • Un Administrador Único. Los directores, in-cluyendo el Administrador Único pueden ser accionistas o personas ajenas a la socie-dad. La representación legal de una S.A. correspon-de al Consejo de Administración (a través de su Presidente) o del Administrador Único. La denominación podrá formarse libremente con el agregado obligatorio de la leyenda “So-ciedad Anónima” o su abreviatura “S.A.”. Libre transmisión de acciones.• Sociedad personalista. No está limitada a un máximo de socios. Puede ser constituida por 1 o 2 personas las cuales podrán ser personas naturales o jurídi-cas, hondureños o extranjeros El capital mínimo requerido para una “Sociedad de Responsabilidad Limitada” es L. 5,000.00 (aproximadamente US$ 215.00). El capital puede ser variable, con un capital mínimo que no podrá ser inferior al requerido por la ley, y un máximo que no está limitado por la ley. El capital está dividido en partes sociales, las cuales pueden ser transferidas únicamente con la aprobación de la Asamblea General de Socios, y cuyo acuerdo debe ser debidamente ejecutado ante notario público e inscrito en el Registro Mercantil La administración de una S. de R.L. está a cargo de uno o más Gerentes quienes pueden ser ac-cionistas o personas ajenas a la sociedad, hon-dureños o extranjeros. No obstante, la persona que gure como Gerente ante la autoridad trib-utaria deberá ser hondureño o extranjero con residencia legal en el país. La razón o denominación social podrá formarse libremente con el agregado obligatorio de la leyenda “Sociedad de Responsabilidad Limita-da” o su abreviatura “S. de R.L..”. ”. • Doing Business Honduras l Aspectos Corporativos

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6Adicionalmente, existe la opción de incorporar en Honduras una Sucursal de una empresa extranjera, lo que le permite operar en Honduras. La Sucursal puede operar de la misma manera que una empresa hondureña. Los documentos que se requieren para incorporar una sucursal de una empresa extranjera en Honduras son los siguientes: • Dichos documentos se someten a inscripción en el Registro Mercantil competente, para que la Sucurs-al pueda quedar debidamente incorporada. Adiciona-lmente, dicha Sucursal debe contar con un Registro Tributario Nacional (RTN o Tax ID) para efectos tributarios. Copia Apostillada de la Certicación de Registro de la Sociedad Matriz (extranjera) de una fecha re-ciente, mediante la cual se establezca o se reeje que dicha Sociedad Extranjera se encuentra debi-damente inscrita conforme las leyes de su país de origen. Certicación del Acta de Asamblea de Accionistas / Socios de la Sociedad Matriz, mediante la cual se acuerde la apertura de la Sucursal en Honduras y se efectúe el nombramiento de un Representante Legal Permanente. Copia Apostillada de la Escritura de Constitución de la Sociedad Matriz, debidamente inscrita y tra-ducida al español en caso de ser de un idioma ex-tranjero. INCORPORACIÓN DE UNA SUCURSAL DE UNA ENTIDAD EXTRANJERA: NOTA: En la Asamblea de Accionsitas señalada se debe adoptar los siguientes acuerdos: - Autorizar y acordar la apertura de la Sucursal en Honduras. - Determinar el objeto social de la Sucursal (gen-eralmente, sigue el mismo objeto que su Socie-dad Matriz). - Determinar el domicilio social de la Sucursal (generalmente Tegucigalpa, M.D.C.). - Asignar un Capital Social propio a la Sucursal (generalmente, suele ser el mínimo requerido por la Ley). - Nombrar un Representante Legal Permanente de la Sucursal, quien deberá residir permanen-temente en Honduras, debiendo ser un hondu-reño o un extranjero residente en Honduras y que cuente con un Permiso Especial de Permanen-cia emitida por la Autoridad Migratoria Hondu-reña. Dicho Representante deberá contar con un Registro Tributario Nacional. TIEMPO DE ENTREGA: El tiempo estimado de incorporación de la Sucursal es de tres (3) a cinco (05) días hábiles, en caso de que los documentos que vienen del extranjero se encuentren en español. Caso contrario, debe obtenerse la traducción ocial de los mismos ante la Secretaría de Relaciones Exteriores previo a iniciar el trámite de incorporación de la Sucursal. Doing Business Honduras l Aspectos Corporativos

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7IMPUESTOSIMPUESTO SOBRE VENTAS (ISV): Este impuesto afecta las ventas realizadas en todo el territorio nacional, el que se aplicara en forma no acumulativa en la etapa de importación y en cada etapa de venta de que sean objeto las mercaderías o servicios. La tasa general del impues-to es del 15% sobre el valor de la base imponible de las importaciones o de la venta de bienes y servicios sujetos al mismo. IMPUESTO SOBRE RENTAS (ISR): En Honduras, se encuentra establecido un impuesto anual denominado Impuesto Sobre la Renta, que grava los ingresos provenientes del capital, del trabajo o de la combinación de ambos. Dentro del impuesto a la renta se contemplan las siguientes tarifas:A. Tarifa del Impuesto a Pagar por no Residentes o no Domiciliados en el País (Retención)B. Tarifa del Impuesto a Pagar por Personas Jurídicas Domiciliadas en el País Doing Business Honduras l ImpuestosTipo de cambio: 1 USD - 24.78HNLFuente: 09 de abril 2024, www.bch.hn

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8CATEGORIA PORCENTAJE1. Renta de bienes muebles o inmuebles, exceptuándose los comprendidos en los numerales 5 y 7 de este artículo25% 2. Regalías de las operaciones de minas, canteras u otros recursos naturales 25% 3. Sueldos, salarios, comisiones o cualquier otra compensación por servicios prestados ya sea dentro del territorio nacional o fuera de él, Excluidas las remesas 25% 4. Rentas o utilidades obtenidas por empresas extranjeras a través de sucursales, subsidiarias, liales, agencias, representantes legales y demás que operen en el país 10% 5. Rentas, utilidades, dividendos o cualquier otra forma de participación de utilidades o reservas, de personas naturales o jurídicas 10% 6. Regalías y otras sumas pagadas por el uso de patentes, diseño, procedimientos y fórmulas secretas, marcas de fábrica y derechos de autor. 25% 7. Intereses sobre operaciones comerciales, bonos, títulos valores u otra clase de obligaciones 10% 8. Ingresos por la operación de naves aéreas, barcos y automotores terrestres 10% 9. Ingresos de operación de las empresas de comunicaciones, uso de software, soluciones informáticas, telemáticas y otros en el área de telecomunicaciones. 10% 10. Primas de seguros y de anzas de cualquier clase de pólizas contratadas 10% 11. Ingresos derivados de espectáculos públicos 25% 12. Las películas y video-tape para cines, televisión, Clubes de video y Derechos para Televisión por Cable 25% 13. Cualquier otro ingreso no mencionado en los números anteriores 10% A. Tarifa del Impuesto a Pagar por no Residentes o no Domiciliados en el País (Retención) Dichos documentos se someten a inscripción en el Registro Mercantil competente, para que la Sucursal pueda quedar debidamente incorporada. Adicionalmente, dicha Sucursal debe contar con un Registro Tributario Nacional (RTN o Tax ID) para efectos tributarios. Doing Business Honduras l Impuestos

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9B. Tarifa del Impuesto a Pagar por Personas Jurídicas Domiciliadas en el País El Impuesto Sobre la renta (ISR) se cobrará a las personas jurídicas domiciliadas en el país una tarifa de 25% sobre el total de la renta neta gravable. Adicionalmente, las personas jurídicas, excepto las incluidas en los regímenes especiales de exportación y de turismo sin perjuicio de lo establecido en el artículo 22 de la ley del impuesto sobre la renta, pagaran una aportación solidaria apli-cable sobre el exceso de la renta neta gravable superior a Un Millón de Lempiras (L.1,000,000.00), el que se incluirá en la misma declaración de renta anual y pago. Esta aportación solidaria temporal corresponde a un 5% y se regula como una sobretasa del impuesto sobre la renta y no será deducible del mismo impuesto, sujetándose incluso al régimen de pagos a cuenta de conformidad a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Adicionalmente, las personas jurídicas domiciliadas en Honduras pagarán el 1.5% sobre los ingresos brutos iguales o supe-riores a Diez Millones de Lempiras (L.10,000,000.00) del período impositivo cuando la aplicación de la tarifa antes señala-da, resultare menor al 1.5% de los ingresos brutos declarados. No están sujetos al pago del 1.5% referido las siguientes personas naturales o jurídicas: Los contribuyentes cuyos ingresos brutos anuales sean menores a diez millones (L.10,000,000.00), quienes no obstante en su caso deberán cumplir con la declaración y pago de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto Sobre el Activo Neto.Las empresas durante los 2 años posteriores a su constitución o en período pre-opera-tivo después de la vigencia de esta ley, es decir, hasta cuando den inicio a su primera transacción de venta al comercio.Las personas naturales o jurídicas que incurran en perdidas, por caso fortuito o fuerza mayor, derivadas de desastres naturales, catástrofes, guerras, estado de excepción, debidamente acreditable ante la Administración Tributaria, hasta por un período de dos ejercicios scales desde que ocurran.Doing Business Honduras l Impuestos1.2.3.

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10Impuesto a los Dividendos y Participación de Utilidades Impuesto de Ganancia de Capital Quedan gravados con este impuesto los ingresos perc-ibidos por las personas naturales, residentes o domicili-adas en el país en concepto de dividendo o cualquiera otra forma de participación de utilidades o de reservas, en dinero o en especie, de cualquier tipo de entidad, tenga o no personería jurídica. En particular se incluyen en el concepto de participación de utilidades: • Las ganancias de capital obtenidas por las personas natu-rales o jurídicas, domiciliadas o no en Honduras, pagarán un impuesto único del 10% por lo que no están sujetas a la tarifa progresiva que se establece en el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Tasa del impuesto: La persona jurídica retendrá la tasa del 10% del importe bruto pagado o acreditado en concepto de participación de utilidades o de reserva y, cuando dicha distribución sea en especie, la base de la retención será el valor de mercado del bien o del derecho transmitido. Los dividendos y utilidades distribuidos serán gravados en forma de retención única y denitiva, por la empresa. • Las cuentas por cobrar a socios o empresas relacionadas que no surjan de una operación comercial y que tenga un plazo mayor a cien (100) días calendario. Las reducciones de capital con distribución de aportaciones en la parte que corresponda a capitalización de reservas o de utilidades. A.B.Doing Business Honduras l Impuestos

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11Impuesto sobre activo neto Es el valor monetario de toda clase de activos que po-see el contribuyente, gurados en el Balance General, menos las reservas de cuentas por cobrar, las deprecia-ciones acumuladas permitidas por la Ley de Impuesto Sobre la Renta, las revaluaciones de activos mientras no se dispongan de las mismas y los valores correspondien-tes a expansiones de inversión registradas como proyec-tos en proceso o activos jos que no estén en operación. También se deducirá el saldo de obligaciones con insti-tuciones nancieras directamente relacionadas con el nanciamiento de activos jos que estén en operación. El impuesto se causa en las personas jurídi-cas cuyo activo total neto exceda de Tres Millones de Lempiras (L. 3,000,000.00), que se reejen en el balance general del ejercicio scal imponible. La tasa aplicable para determinar el impuesto cau-sado por el activo total neto, es del 1% sobre la diferen-cia que resulte de rebajar el piso de Tres Millones de Lempiras (L. 3,000,000.00) al total de los activos ne-tos reejados en el Balance General del contribuy-ente. Es decir que cuando el activo total neto exceda de Tres Millones de Lempiras (L. 3,000,000.00), el im-puesto se aplicara sobre el exceso de dicho monto. Están obligados a declarar y pagar el impues-to al Activo Total Neto, las personas jurídicas, dom-iciliadas en Honduras, que tengan el carácter de comerciantes de acuerdo al código de comercio.

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12Exentos del impuesto al activo total neto: Créditos sobre el Impuesto Sobre la Renta: Los valores pagados en concepto del Impuesto al Activo Neto del período constituirán un crédito contra el valor del Impuesto Sobre la Renta a pagar. A este efecto la ley establece la obligatoriedad de pago al activo total neto, dependiendo del valor determinado en concepto del im-puesto sobre la renta, es decir que la determinación del impuesto al activo neto a pagar debe hacerse en forma comparativa con el impuesto sobre la renta, resultan-do de esta comparación las siguientes circunstancias: Si el impuesto sobre la renta a pagar corre-spondiente al año imponible es igual o superi-or al impuesto determinado para el activo neto, se entiende por cumplida la obligación materi-al o pago de este último; en consecuencia, no existirá obligación de pago por este concepto. Si el impuesto sobre la renta a pagar corre-spondiente al año imponible es menor al im-puesto determinado para el activo total neto la diferencia que resulte del impuesto sobre la renta y el impuesto al activo neto, constituirá el impuesto a pagar para este último. A.B.1. Las personas jurídicas cuyo activo total neto no ex-ceda de Tres Millones de Lempiras (L. 3,000,000.00). 2. Las personas jurídicas exentas del pago del Im-puesto Sobre la Renta. 3. Los comerciantes que operen en regímenes espe-ciales como las zonas libres (ZOLI), y maquilas (RIT) y las demás baje regímenes especiales de exoner-ación scal. 4. Las personas jurídicas en etapa pre-operativa de sus actividades; es decir hasta cuando den inicio a su primera transacción de venta de comercio. 5. Los contribuyentes que en un período sufrieren pérdidas operativas originadas por caso fortuito o fuerza mayor, dicha perdida deberá ser certica-da por una rma auditora debidamente registrada en el Colegio respectivo, sin perjuicio de la scal-ización posterior. Doing Business Honduras l Impuestos

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13LABORALJORNADA DE TRABAJO DIURNA: es la que se ejecuta entre las 05:00 a.m. y las 7:00 p.m., y no podrá exceder de (8) horas diarias y cuarenta y cuatro (44) horas semanales. Tratándose de menores de 16 años, la jornada ordinaria no puede exceder de 6 horas di-arias y 36 semanales. JORNADA NOCTURNA: es la que se ejecuta entre las 7:00 p.m. a las 05:00 a.m., y no podrá exceder de (6) horas diarias y (36) a la semana. LA JORNADA MIXTA: es la que comprende periodos de tiempo de la jornada diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno no abarque menos de (3) horas, la duración máxima de la jornada mixta es de (7) horas diarias y de (42) a la semana. • Las relaciones laborales entre empresa privada y traba-jadores en la República de Honduras se encuentran regi-das por la Constitución de la República, los tratados inter-nacionales y el Código de Trabajo (decreto Legislativo No. 189 del 19 de mayo de 1959). La Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social es el órgano o-cial encargado de aplicar las leyes y normas laborales en la vía administrativa, mientras que en la vía judicial son los Juzgados del Trabajo, la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema de Justicia. JORNADAS LABORALESLas horas extras se pagan con un 25% adicional sobre el salario diurno y con el 50% adicional sobre el sal-ario de trabajo diurno si es efectuado durante la noche; y con un sobrecargo del 75% sobre el salario del trabajo nocturno, si las horas extras son una prolongación de las horas nocturnas. (Art. 330 Código de Trabajo). La remu-neración será el doble del salario ordinario, si por acuerdo se trabaja en un día feriado o de descanso.• HORAS EXTRASDoing Business Honduras l Laboral

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14Se enuncian a continuación las indemnizaciones que de-ben otorgarse al trabajador para el caso de despido injus-ticado: • • Preaviso: En los contratos por tiempo indeterminado, las partes pueden hacerlo terminar dando a la otra un preaviso: • • Auxilio de cesantía: Si el contrato de trabajo indeter-minado termina por razón de despido sin justa causa o por motivos fundados en el artículo 114 del Código de Trabajo, el trabajador tendrá derecho al siguiente pago: TIEMPO DE PREAVISO TIEMPO DE LABORAR EN LA EMPRESA24 horasLaborando menos de 3 meses 1 semana De 3 a 6 meses 2 semana De 6 meses a 1 año 1 mesDe 1 a 2 años 2 meses Por más de 2 añosMONTO DE PAGO TIEMPO DE LABORAR EN LA EMPRESA10 días de salario Después de laborar más de 3 meses pero menos que 620 días de salarioDespués de 6 meses pero menos que 1 año1 mes de salarioDespués de 6 meses pero menos que 1 añoDoing Business Honduras l LaboralPara el caso de despido injusticado por parte del Patro-no en aquellos contratos por tiempo indenido, el Traba-jador tendrá derecho a exigir a su libre elección, una de las dos opciones siguientes: 1. Exigir el reintegro a su puesto de trabajo, con la mis-ma antigüedad, sueldo y benecios, más el monto los salarios dejados de percibir, desde el momento de su despido, hasta el momento en que se haya de-cretado el reintegro mediante resolución rme; y, 2. Exigir el pago de prestaciones e indemnizaciones laborales, más los salarios dejados de percibir has-ta que la resolución que decrete su derecho este en rme. DESPIDO INJUSTIFICADO1.2.

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15Los derechos adquiridos deben ser otorgados al trabajador durante la vigencia del contrato de trabajo, así como en caso de renuncia del trabajador o despido justicado o injusticado por parte del patrono.SALARIO: El patrono deberá siempre otorgar al trabajador los días de salario que correspondan al tiempo laborado en el mes, hasta el momento de la renuncia, despido justicado o injusticado. VACACIONES: Después de 1 año de labores 10 días de salarioDespués de 2 años 12 días de salarioDespués de 3 años 15 días de salarioTIEMPO DE LABORAREN LA EMPRESAMONTO• Decimotercero Mes de Salario: Mediante decreto número 112, del 28 de octubre de 1982, emitido por el Soberano Congreso Nacional, se establece el pago del décimo tercer mes de salario en concepto de aguinaldo a favor de todos los trabajadores permanentes, jubilados y pensionados, el que será efectivo en el mes de diciembre de cada año. • Decimocuarto Mes de Salario: Mediante decreto 135-94 de fecha 12 de octubre de 1994, se esta-blece como un derecho de todos los empleados y trabajadores permanentes el pago del decimocuar-to mes de salario en concepto de compensación social, el que será efectivo en el mes de junio de cada año. Doing Business Honduras l LaboralDERECHOS ADQUIRIDOS DELOS TRABAJADORES

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16No se prohíbe este tipo de contratación, pero en el Código de Trabajo se encuentra una disposición que vendría a regular esta situación, dando como resultado una responsabilidad solidaria, en ciertos casos, para la empresa que contrata el personal por outsourcing, por lo cual es importante que consulte con su equipo legal.Esta disposición reza: “Son contratistas y, por tanto, verdaderos patronos de sus trabajadores y no representantes ni simples inter-mediarios, las personas que contraten la ejecución de una o varias obras o labores en benecio ajeno, por un precio determinado, asumiendo todos los riesgos para realizarlas con sus propios medios y con libertad o au-tonomía técnica y directiva. Pero el beneciario del trabajo, dueño de la obra o base industrial, a menos que se trate de labores extrañas a las actividades normales de su empresa o negocio, será solidariamente responsable con el contratista por el valor de los salarios y de las prestaciones e indemni-zaciones a que tengan derecho los trabajadores, soli-daridad que no obsta para que el beneciario estipule con el contratista las garantías del caso y para que re-pita contra él, lo pagado a esos trabajadores”. • CONTRATACIÓN POR OUTSOURCINGREGLAMENTOSReglamento Interno de trabajo: Es el conjunto de normas obligatorias que determi-nan las condiciones a que deben sujetarse el patro-no y sus trabajadores en la prestación del servicio. Está obligado a tener un reglamento interno de tra-bajo todo patrono que ocupe más de 5 trabajadores de carácter permanente en empresas comercia-les o más de 10 en empresas industriales, o más de 20 en empresas agrícolas, ganaderas o forestales. En empresas mixtas, la obligación de tener un reglamento interno de trabajo existe cuan-do el patrón ocupe más de 10 trabajadores. El reglamento interno de trabajo en todo caso, será siempre aprobado por la Secretaria de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. Reglamento de Higiene y Seguridad: Los patronos que tengan a su servicio 10 o más trabajadores permanentes deben elabo-rar un reglamento especial de higiene y seguri-dad, y someterlo a la revisión y aprobación de la inspección general del trabajo. Doing Business Honduras l Laboral

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17CONCEPTOEmpleado que brinda personal-mente sus servicios, en bene-cio del empleador por un TIEM-PO ESPECÍFICO. Bajo la relación laboral, hay una subordinación continua del empleado hacia el empleador. Empleado que brinda personalmente sus servicios, en benecio del em-pleador por un TIEMPO INDEFINIDO. Bajo la relación laboral, hay una subor-dinación continua del empleado hacia el empleador. Los contratistas, por denición, no tienen una relación de subordinación con la Compañía. El Contratista tendrá independencia con respec-to a la forma en que llevará a cabo el trabajo para el que fue contratado. Es importante señalar que el Contratista puede tener sus propios empleados para llevar a cabo el trabajo encomendado, sin embargo, de acu-erdo con las disposiciones del Código del Tra-bajo, si el Contratista lleva a cabo un trabajo relacionado con las actividades normales de la Compañía, la Compañía será solidariamente con el Contratista por los salarios, benecios e indemnización que el Contratista no le pague a sus propios empleados.CONTRATO APLICABLEContrato Individual de Trabajo por Tiempo Denido Los contratos por Tiempo Denido son una excepción a los Contratos de Trabajo, ya que solo pueden darse en los casos en que la naturaleza accidental o temporal del servicio que se proporcionará o el trabajo que debe ejecutar el empleado, así lo exija.Contrato Individual de Trabajo por Ti-empo Indenido Los contratos por tiempo indenido son la regla general de los contratos laborales, y son aplicables para las obras que por su naturaleza son permanen-tes o continuas en la empresa.Contrato de Prestación de Servicios ProfesionalesTIPO DE RELACIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLEEs una relación laboral, regula-da por el Código de Trabajo y demás leyes laborales aplica-bles.Es una relación laboral, regulada por el Código de Trabajo y demás leyes lab-orales aplicables.Es una relación comercial, regulada por el Código de Comercio.TIPOS DE CONTRATOS DE TRABAJOTRABAJO POR TIEMPO DEFINIDO TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO PRESTACIÓN DESERVICIOS PROFESIONALES Doing Business Honduras l Laboral

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18DURACIÓNEl Contrato debe especicar una fecha especíca para su terminación, o proporcionar para la ocurrencia de cualquier hecho o circunstancia que necesariamente debe terminar la relación laboral. Por ejemplo, la construcción de un trabajo o la participación en un proyecto en particular. Duración máxima del contrato: 1 año, y puede ampliarse si por la naturaleza del trabajo se vuelve necesario.El Contrato no especica una fecha para su terminación.El contrato de prestación de servicios es temporal, ya que su duración será acorde al tiempo estipulado para que el contratista realice el trabajo. Por esta razón, la duración del contrato es limitada.RETRIBUCIÓNEl empleador paga una remuneración, que a los efectos del contrato se denomina “salario”.El empleador paga una remuneración, que a los efectos del contrato se denomina “salario”.La remuneración se cataloga como “honorarios”, que son jos y calculados en función del trabajo que realizará el Contratista.PAGOS INDEMNIZATORIOSEn caso de despido injusticado del empleador, el empleado tendrá derecho a ser compensado con el pago de los salarios que se habrían acumulado hasta el nal del contrato.Debido a la relación laboral existente, el empleado tiene derecho al pago de indemnización (preaviso, auxilio de cesantía).NO genera el pago de indemnización. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, si existió algún tipo de subordinación entre la Compañía y el Contratista, entonces la Ley Laboral considera que este acuerdo es un Acuerdo Laboral, y la Compañía estará obligada a pagar la Indemnización.AFILIACIONES AL SEGURO SOCIALLa aliación al sistema de seguridad social es realizada por la Compañía (empleador).La aliación al sistema de seguridad social es realizada por la Compañía (empleador).La aliación a la seguridad social debe ser hecha directamente por el Contratista, como un trabajador independiente.TRABAJO POR TIEMPO DEFINIDO TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO PRESTACIÓN DESERVICIOS PROFESIONALES Doing Business Honduras l Laboral

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19PREGUNTASFRECUENTES¿Cuáles son las alternativas para operar en Honduras? Sea por la vía de una sociedad mercantil debidamente constituida en el país, o por la vía de una Sucursal de sociedad extranjera, debiendo también estar incorporada dicha Sucursal en Honduras. ¿Qué tipos de sociedades mercantiles existen y cuál es el que más se utiliza?Sociedad Anónima (Corporation) y Sociedad de Responsabili-dad Limitada (Limited Liability Company). Siendo la Sociedad Anónima, por su naturaleza capitalista, la que más se utiliza. Igualmente, si la nalidad será el desarrollo de actividades su-jetas a regulación o supervisión especial del Estado, por ley se requiere que sea del tipo Sociedad Anónima. ¿De qué forma se constituye una sociedad mercantil en Honduras? Las sociedades mercantiles en Honduras se constituyen mediante el otorgamiento de una escritura pública de constitución ante notario público hondureño, sea por medio de Proxy (debidamente Apostillado) o directamente por el(los) accionista(s); y la inscripción de dicha escritura de constitución en el Registro Mercantil del domicilio social. ¿Cuál es el tiempo estimado de constitución?De 2-5 días hábiles a partir del momento del otorgamiento de la escritura de constitución; pudiendo variar si el domicilio de la sociedad será fuera de la capital. ¿Es posible constituir una sociedad mercantil con un solo accionista?Si, en Honduras pueden constituirse sociedades con un solo accionista, siempre y cuando, su nalidad no sea objeto de regulación y supervisión especial por el Estado. ¿Los accionistas pueden ser extranjeros?Si, los accionistas pueden ser personas naturales o jurídicas, hondureños o extranjeros. ¿El representante legal de la sociedad puede ser extranjero?Si, no existe prohibición para que la persona que ocupe el puesto de representante legal sea extranjero; sin embargo, si es requerido que el representante legal de la sociedad que gure ante la autoridad tributaria esté domiciliado en el país. ¿El representante legal de la sociedad debe contar con un Registro Tributario Nacional (Tax ID) en Honduras?Si, la persona que sea noticada como representante legal de la sociedad ante la autoridad tributaria debe contar con su Tax ID personal. ¿En qué momento la sociedad mercantil se encuentra ya debidamente constituida y puede empezar a operar? Una vez inscrita la sociedad en el Registro Mercantil competente, ésta ya se encuentra debidamente constituida y habilitada para iniciar sus gestiones de operación. En todo caso, aplicarán otros permisos y/o licencias administrativas dependiendo de la nalidad de la sociedad. Doing Business Honduras l Preguntas Frecuentes